Mayordomía
Según el artículo 76 de la Normativa Diocesana de Hermandades y Cofradías, corresponde al Mayordomo las siguientes funciones:
Funciones del Mayordomo
1.- Será responsable y custodio de todos los bienes y enseres de la Hermandad.
2.- Mantendrá todo en perfecto estado de uso, realizará las contrataciones autorizadas por el Hermano Mayor o la Junta de Gobierno, y dispondrá la organización de los Cultos y de la Procesión, de acuerdo con el derecho particular de la Iglesia, la programación de la Junta de Gobierno, y en estrecha relación con el Párroco o Rector de la Iglesia donde tiene su sede canónica la Hermandad.
3.- Junto con el Tesorero, elaborará la memoria económica y el balance anual, para posibilitar su examen por la Junta de Gobierno antes de su presentación al Cabildo General Ordinario de Cuentas.
4.- Cooperará con la 2.ª Secretaría para actualizar el inventario de bienes y enseres de la Hermandad, y en especial el ajuar de Nuestra Señora. Deberá informarle de cualquier movimiento o necesidad relacionada con el patrimonio de la Hermandad. Al terminar cada legislatura, cotejará dicho inventario con el Mayordomo entrante.
Contacto
- Christian Puerto Becerra